DURANTE TODO EL AÑO está PROHIBIDO producir y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o actividades, así como utilizar fuego para cocinar o calentarse, salvo autorización expresa en los casos establecidos.> INFOMA. DECRETO 59/2017 DE 6 DE JUNIO
Una actitud responsable en las salidas al campo– NO enciendas hogueras ni utilices barbacoas portátiles, llévate la COMIDA PREPARADA de casa. Durante todo el año está prohibido hacer y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o actividades, así como usar fuego para cocinar o calentarse, salvo autorización expresa en los casos establecidos.
– NO tires colillas ni vidrios.
– NO abandones basuras. Utiliza los contenedores.
– NO cortes o arranques plantas, ramas, frutas o leña de cualquier sitio sin la autorización correspondiente.
– NO inquietes, alimentes o causes daño al ganado.
Evita producir molestias a los animales silvestres.
– RESPETA los cercados dejando las vallas de cierre en la misma posición en que se encuentran.
– ESCUCHA a la Naturaleza. Evita el ruido producido por radios y otros aparatos sonoros.
– NO CIRCULES por las pistas forestales salvo que estés autorizado para ello. Estaciona en las zonas señalizadas. La legislación prevé sanciones de 100 a 1.000 euros.
– La ACAMPADA libre está prohibida en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, sólo se puede realizar en terrenos debidamente delimitados y acondicionados («campings”).
– Zonas de BAÑO: sólo te puedes bañar en las zonas catalogadas como aptas, bañarse en zonas desconocidas o en las que esté prohibido el baño puede ocasionar numerosos riesgos para la salud. El período de baño es de 15 de mayo a 15 de septiembre.
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